ladman escribió:Artículo 27. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas.
1. Cada Administración Pública determinará los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de los documentos públicos administrativos o privados
Las secretarias pueden y deben emitir los certificados correspondientes a las enseñanzas impartidas en el centro y pueden compulsar o autenticar los títulos tramitados por ellas, pero no están habilitadas por los administración para hacer compulsas o copias auténticas de .... Por ejemplo un título de máster.
¿De qué quieres una copia auténtica? ¿del título de bachillerato?
Del resto no están habilitadas. Y que yo sepa le administración está en proceso de implantación del sistema electrónico (creo recordar que están en el plan 2015-2020) que incluye acciones como la del paddoc.
En resumen, yo no veo esa supuesta conculcación de los derechos, dado que la propia ley dice que serán las administraciones quienes determinarán que órganos tendrán esas habilitaciones.
Más me preocupa los goles que nos están metiendo con la financiación...
Pinkerton me lo ha explicado y tiene toda la razón. No queremos, TENEMOS DERECHO y EXIGIMOS (cumplir la Ley, nada más) que se nos entregue copia aunténtica de todos y cada uno de los originales que vamos a entregar en custodia 'sine die'. ¿Y por qué?, 'Ex lege', porque lo dice la ley, la 39/2015 del Procedimiento Administrativo, arts 27 y 28, , disposición legislativa de ámbito nacional y jerárquicamente superior a una Orden o un Decreto.
No es problema nuestro que no se hayan preocupado de formar, habilirar y dotar de medios a las secretarías, es de ellos, que es muy fácil hacer un copia y pega de las convocatorias sin preocuparse de la posibilidad material REAL de cumplir la ley por su parte. Y la Ley es clara cuando se pide algo imposible de cumplir, art.47. Que modifiquen las normas y las hagan posibles de cumplir para ambas partes. Encima con la coyuntura Covid, que requiere cita previa y contacto con el funcionario que te atiende. Esto es un despropósito.
También habría otra opción: fotocopia compulasa que se queden ellos, o que la copia auténtica de marras se la quedaran ellos y no los originales, pero esta opción sigue siendo materialmente imposible de cumplir.
Que sepáis que en Andalucía, aunque por otro motivo más importante aún que el aquí planteado, van a impugnar (si no lo han hecho ya) la Orden Ministerial de la cual se transpone la nuestra, ¿y por qué?, porque a pesar de haber tres sentencias firmes que declaran ilegal el Real Decreto que Regula el CGT nacional, por no ajustarse al Derecho Europeo y porque una de las sentencias firmes se ha ganado por el Procedimiento de Protección de Derechos Fundamentales, y creo que afecta al baremo; y ello implica que viola éstos; no sólo es ilegal sino inconstitucional.
Y al MECD, ¿acaso le han importado las setencias firmes de tres TSJs distintos (Andalucía, Galicia y Extremadura) y una inadmisión del TS a la primera?, pues no, han vuelto a cometer los mismos 'errores', y por eso los van a joder, y será ante la AN ó incluso ante el TC.
¿Pero creéis que le importa al MECD?, NO, tras la inadmisión del TS, se les hizo un petición desde Andalucia usando el Derecho de Petición (otro derecho fundamental que obliga tanto a dar acuse de recibo como a responder, Regulado por Ley Orgánica), y han encontrado el silencio.
¿Por qué tenemos que aguantar desprecio tras desprecio y violaciones de las leyes que a nosotros nos hacen tan estrictamente cumplir?