Después de preguntar en varios sindicatos, aún no me queda claro si un interino puede cogerse una excedencia sin justificación o con ella. Alguien sabe donde podría mirarlo? He estado buscando en educaragon pero sigo sin entender bien si un interino podría pedirla.
Gracias.
Interinos y excedencias
Re: Interinos y excedencias
El funcionariado interino no puede cogerse una excedencia, las excedencias no se aplican a interinos ya que por ejemplo si un funcionario se pide una excedencia de tres años por cuidado de un hijo, tiene derecho a reserva del puesto de trabajo y no pierde el destino definitivo, esto no podría aplicarse a un funcionario interino.
Lo más parecido a una excedencia para el caso del funcionariado interino es la suspensión de llamamientos. Para ver todas las opciones posibles que tienes para suspenderte en listas sin decaer tienes que consultar la orden de ordenación, publicación, adjudicación de vacantes, suspensión y decaimiento de las listas de espera, concretamente el artículo 14 http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=914177223434
Consulta también la orden de permisos y licencias específica para funcionariado interino para ver otras opciones por si te pudiera servir una reducción de jornada, http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=139548963838
Aunque todavía no está aprobado en mesa sectorial, ya se ha negociado en mesa técnica que los interinos puedan solicitar hasta tres meses de permiso sin sueldo ( ahora mismo solo pueden pedirlo los funcionarios ), pero habrá que esperar a que se publique esta situación en BOA,ya hemos solicitado que la aprobación definitiva en la sectorial y publicación en BOA sea cuanto antes.
Lo más parecido a una excedencia para el caso del funcionariado interino es la suspensión de llamamientos. Para ver todas las opciones posibles que tienes para suspenderte en listas sin decaer tienes que consultar la orden de ordenación, publicación, adjudicación de vacantes, suspensión y decaimiento de las listas de espera, concretamente el artículo 14 http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=914177223434
Consulta también la orden de permisos y licencias específica para funcionariado interino para ver otras opciones por si te pudiera servir una reducción de jornada, http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=139548963838
Aunque todavía no está aprobado en mesa sectorial, ya se ha negociado en mesa técnica que los interinos puedan solicitar hasta tres meses de permiso sin sueldo ( ahora mismo solo pueden pedirlo los funcionarios ), pero habrá que esperar a que se publique esta situación en BOA,ya hemos solicitado que la aprobación definitiva en la sectorial y publicación en BOA sea cuanto antes.
Re: Interinos y excedencias
Y un funcionario de carrera, si en su primer destino (en el
cual tiene que estar 2 años para poder pedir en concurso de traslados, concursillo, etc.) solicita la excedencia por cuidado de menores de 3 años, ese año o 2 años de excedencia, ¿computan como dos años en ese puesto para poder solicitar el concursillo o a la vuelta de la excencia se debe estar en ese destino los dos años correspondientes? Se acumula antigüedad?
Gracias!
cual tiene que estar 2 años para poder pedir en concurso de traslados, concursillo, etc.) solicita la excedencia por cuidado de menores de 3 años, ese año o 2 años de excedencia, ¿computan como dos años en ese puesto para poder solicitar el concursillo o a la vuelta de la excencia se debe estar en ese destino los dos años correspondientes? Se acumula antigüedad?
Gracias!
Re: Interinos y excedencias
kike CGT escribió:El funcionariado interino no puede cogerse una excedencia, las excedencias no se aplican a interinos ya que por ejemplo si un funcionario se pide una excedencia de tres años por cuidado de un hijo, tiene derecho a reserva del puesto de trabajo y no pierde el destino definitivo, esto no podría aplicarse a un funcionario interino.
Lo más parecido a una excedencia para el caso del funcionariado interino es la suspensión de llamamientos. Para ver todas las opciones posibles que tienes para suspenderte en listas sin decaer tienes que consultar la orden de ordenación, publicación, adjudicación de vacantes, suspensión y decaimiento de las listas de espera, concretamente el artículo 14 http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=914177223434
Consulta también la orden de permisos y licencias específica para funcionariado interino para ver otras opciones por si te pudiera servir una reducción de jornada, http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=139548963838
Aunque todavía no está aprobado en mesa sectorial, ya se ha negociado en mesa técnica que los interinos puedan solicitar hasta tres meses de permiso sin sueldo ( ahora mismo solo pueden pedirlo los funcionarios ), pero habrá que esperar a que se publique esta situación en BOA,ya hemos solicitado que la aprobación definitiva en la sectorial y publicación en BOA sea cuanto antes.
Y esa excedencia sería computable en cuanto a baremación? Quiero decir, si te coges esos tres meses te cuentan los puntos o no?
Re: Interinos y excedencias
Osiris escribió:Y esa excedencia sería computable en cuanto a baremación? Quiero decir, si te coges esos tres meses te cuentan los puntos o no?
Es que realmente no es una excedencia, es un permiso, igual que cuando solicitas un permiso por lactancia, no pierdes la relación con la empresa, sigues contratado pero disfrutando de ese permiso, sin sueldo en este caso, por lo que no perderías los puntos correspondientes a esos tres meses.
Re: Interinos y excedencias
kike CGT escribió:Osiris escribió:Y esa excedencia sería computable en cuanto a baremación? Quiero decir, si te coges esos tres meses te cuentan los puntos o no?
Es que realmente no es una excedencia, es un permiso, igual que cuando solicitas un permiso por lactancia, no pierdes la relación con la empresa, sigues contratado pero disfrutando de ese permiso, sin sueldo en este caso, por lo que no perderías los puntos correspondientes a esos tres meses.
Actualmente se habla de dicho permiso en la segunda orden que comentas (permisos y licencias para funcionarios interinos), creo que el punto 10. Sólo que en este caso se considera únicamente para cados de extema gravedad....sin expecificar más. Sin embargo en el punto 11 sí aclaran que caso de extrema gravedad se considera cuidado de hijos menores de 3 años.
Lo consulte en educación, y me dijeron que los interinos no podiamos solicitarlo para eso....
Podrías indicarme si es correcto?
Ah!!! Y en caso de que se apruebe lo que comentas, cuándo calculas aprox que saldría publicado en BOA? Es decir, para cuando pensáis que podría estar vigente?
Muchas gracias
Re: Interinos y excedencias
Actualmente se habla de dicho permiso en la segunda orden que comentas (permisos y licencias para funcionarios interinos), creo que el punto 10. Sólo que en este caso se considera únicamente para cados de extema gravedad....sin expecificar más. Sin embargo en el punto 11 sí aclaran que caso de extrema gravedad se considera cuidado de hijos menores de 3 años.
Lo consulte en educación, y me dijeron que los interinos no podiamos solicitarlo para eso....
Podrías indicarme si es correcto?
El permiso que solicitamos desde CGT para interinos, que ahora solo está permitido para el funcionariado definitivo, es el que aparece en la orden específica de funcionarios, en el artículo 5 http://benasque.aragob.es:443/cgi-bin/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=139547953737
Artículo 5.—Permiso sin retribución.
Podrá concederse permiso sin retribución por un período de hasta tres meses, si bien deberá mediar once meses entre la finalización de un permiso y la fecha de solicitud de uno nuevo, salvo en casos debidamente justificados.
Es parecido al que tu comentas, pero ahora mismo para que pueda tener ese permiso un interino tiene que ser por una causa muy grave. Para que lo pueda disfrutar un funcionario, no hay que alegar nada.
En definitiva, lo que hemos pedido es que el permiso de tres meses sin sueldo, lo pueda solicitar un interino sin tener que justificar que sea por una causa de extrema gravedad.
No sabemos cuando saldrá en BOA pero lo preguntamos en todas las mesas. Esperamos que a lo largo de este curso, os diremos en cuanto lo sepamos, hay muchos interinXs interesados en este permiso.
Re: Interinos y excedencias
Se sabe ya si los interinos pueden pedir ese permiso sin retribución de tres meses?
Re: Interinos y excedencias
A mí insti vino el año pasado un sindicato y dijo que sí, que ya era para todos. Pero esto se aclara intentando solicitarlo. 

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